¿Pueden prohibirte hacer fotos de un edificio?
Parece ser que no. Cito el articulo:
“Sin más vueltas, me remito al artículo 35 de la Ley de Propiedad Intelectual y, como nuestra conocida no es periodista y no trata de informar, a su apartado 2: “Las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales.””
Para mas aclaraciones, leerse el articulo entero.
Web: El margen de la ley
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